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El certificado energético, una obligación poco conocida

Publicado por JA1
jueves, 20 de agosto de 2020 a las 13:56

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certificado energético

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En junio de 2013 se aprobó una ley que, en consonancia con las directrices europeas, pedía a los propietarios que proporcionasen a los compradores o inquilinos un certificado de eficiencia energética (CEE). Este certificado energético debe incluir información objetiva sobre el nivel de eficiencia energética del edificio para que los compradores e inquilinos potenciales puedan compararlo con otros. Un trámite legal y técnico que sigue resultando parcialmente desconocido para varios propietarios y que debe ser realizado por técnicos certificadores autorizados.

Cómo obtener el certificado energético

El CEE contendrá una calificación energética para la propiedad según una escala. "A" representará el nivel más alto de eficiencia y "G" el más bajo. La calificación tendrá en cuenta el nivel de consumo de electricidad, agua y gas; así como diversos factores relacionados con ese consumo, como la iluminación o el aislamiento térmico. También se evaluarán el nivel de las emisiones que implica el consumo energético global del inmueble. 

En OCL Levante podemos encargarnos de todo el trámite de forma rápida. Nuestro equipo de técnicos especializados en certificación energética puede encargarse de este requisito y asesorar a quien necesite soluciones en materia de eficiencia energética. 

Visitaremos la vivienda o el inmueble para comprobar en detalle los parámetros a evaluar, tomando los datos necesarios de modo exhaustivo. Esto garantiza un posterior certificado riguroso y profesional, evitando cualquier tipo de complicación al respecto. 

Realizamos el informe necesario para solicitar el certificado con los datos recabados y nos encargamos de las gestiones en la administración autónoma correspondiente.

Una vez realizado el trámite entregamos el certificado energético final al propietario, que podrá así incorporarla a sus ofertas de venta o alquiler.

Podrá contar así, junto con el certificado, con el necesario etiquetado energético. Esto es una forma visual de clasificar la eficiencia energética de la vivienda o inmueble certificado. Gráficamente es un diagrama semi triangular, con escalas horizontales ascendentes, que van desde la clasificación G, en la base de color rojo y que sería la menos eficiente; hasta la A++, en el vértice de color verde y que sería la de mayor eficiencia.

Este etiquetado energético se obtiene junto con el certificado energético y es obligatorio mostrarlo, en toda la Unión Europea, cuando se inicie cualquier venta o alquiler de un inmueble.

 

¿Qué tipo de propiedad necesita el certificado energético?

El CEE debe obtenerse para propiedades que:

  • Estén ofertadas para ser vendidas.
  • Se alquilen a un nuevo inquilino por más de cuatro meses.

No es necesario obtener el CEE para:

  • Propiedades que tiene una superficie de menos de 50 metros cuadrados.
  • Edificios que se compran para grandes renovaciones o demoliciones.
  • Edificios o partes de edificios que se usan por menos de cuatro meses al año.
  • Propiedad donde ya existe un contrato de alquiler.
  • Propiedad donde se firma un contrato de alquiler por menos de cuatro meses.

El propietario debe hacer una declaración firmada si consideran que la propiedad está exenta. Esta declaración debe incluirse en el contrato de venta o alquiler, según corresponda.

 

¿Quién es responsable?

La responsabilidad recae en el vendedor de la propiedad o con el desarrollador en el caso de una nueva propiedad. También son responsables de la renovación del certificado cada 10 años. El vendedor debe presentar el certificado original cuando la propiedad se ponga a la venta. En el caso de un nuevo contrato de alquiler, se debe adjuntar una fotocopia al contrato.

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